De forma general los DELITOS PRESCRIBEN (es decir ya no pueden ser investigados ni sancionados) cuando han trascurrido el tiempo y las condiciones establecidas por Ley.
La prescripción de un delito deberá ser declarada por un Juez, de oficio o a petición de parte.
Sin embargo, ciertos tipos de delitos NO PRESCRIBEN JAMÁS, tales como: genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas, ejecuciones extrajudiciales, crímenes de agresión, entre otros. En estos casos, por más tiempo que transcurra, cambio de leyes o fronteras, la investigación y sanción del delito seguirá vigente de forma indefinida ya sea ante la CPI o la CIJ-ONU.
ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157
QUITO - ECUADOR
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