domingo, 24 de agosto de 2025

LECCIÓN NRO. 33: EL DÉCIMO TERCER SUELDO O BONO NAVIDEÑO

El DÉCIMO TERCER SUELDO o BONO NAVIDEÑO lo reciben los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionistas alimenticios.

Para calcular su monto se toman en cuenta la remuneración básica, comisiones y otros beneficios adicionales, desde diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre del año en curso y luego se divide para 12. Este bono debe pagarse máximo hasta el 24 de diciembre si es de forma acumulada.

En caso de controversias se deben realizar los trámites respectivos ante la autoridad competente, previo patrocinio de abogado.

ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157 

QUITO - ECUADOR 

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