lunes, 18 de agosto de 2025

LECCIÓN NRO. 28: CENTROS DE MEDIACIÓN

Los CENTROS DE MEDIACIÓN son espacios jurídicos y sociales determinados por Ley para resolver conflictos o controversias por medios extrajudiciales, a través de un mediador capacitado, en materias en las que es posible transigir (llegar a acuerdos) como inquilinato, laboral, cobro de deudas, pensiones de alimentos, herencias, etc.

Existen centros de mediación en algunas Universidades, Municipios, Colegios de Abogados, Cámaras de Comercio, Fundaciones, Prefecturas, Procuraduría, Cooperativas, y la Función Judicial.

El ACTA DE MEDIACIÓN una vez suscrita, tiene el valor de una sentencia judicial y podrá ser ejecutada por medio de actos procesales sumarísimos. 

ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157 

QUITO - ECUADOR  

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