La LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL es un procedimiento posterior a su disolución, mediante el cual cada uno de los cónyuges o ex – cónyuges se reparten entre sí los bienes raíces, vehículos, capitales, mobiliario, etc., (‘gananciales’) que se hayan adquirido cuando estaba vigente la sociedad conyugal.
La liquidación de la sociedad conyugal se puede realizar por la vía NOTARIAL (de mutuo acuerdo) o la vía JUDICIAL (voluntaria o de forma contenciosa), a elección de las partes interesadas.
Una vez finalizado el trámite, tendremos la escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal o la sentencia que la declare.
ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157
QUITO - ECUADOR
No hay comentarios.:
Publicar un comentario