martes, 2 de diciembre de 2025

LECCIÓN NRO. 96: LA MALA PRÁCTICA PROFESIONAL

 

La MALA PRÁCTICA PROFESIONAL que produzca daños severos e irreversibles, como la muerte del paciente o lesiones graves, constituye una infracción penal.

Para que exista dicho delito deben confluir varios factores como los siguientes:

-que la persona actora de este delito esté en el ejercicio o práctica de su profesión (ya sean médicos, enfermeros, etc.)

-que dicho resultado (muerte del paciente, lesiones graves) se deba a infringir el deber objetivo de cuidado

-que sea comprobable la inobservancia de leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales, reglas técnicas o lex artis propias de la profesión

ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157 

QUITO - ECUADOR  

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