La MALA PRÁCTICA PROFESIONAL que produzca daños severos e irreversibles, como la muerte del paciente o lesiones graves, constituye una infracción penal.
Para que exista dicho delito deben confluir varios factores como los siguientes:
-que la persona actora de este delito esté en el ejercicio o práctica de su profesión (ya sean médicos, enfermeros, etc.)
-que dicho resultado (muerte del paciente, lesiones graves) se deba a infringir el deber objetivo de cuidado
-que sea comprobable la inobservancia de leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales, reglas técnicas o lex artis propias de la profesión
ABOGADO NICOLÁS GUALLE - 0998725157
QUITO - ECUADOR
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